lotaip Art. 7.-Difusión de la Información Pública.-Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria
![](https://patronatopastaza.gob.ec/wp-content/uploads/2023/07/insignia_catastro-20220291385001678984928_1.png)
![](https://patronatopastaza.gob.ec/wp-content/uploads/2023/07/sello_patronato_provincial.jpeg)